La Sala Especial del artículo 61 del Tribunal Supremo ha acordado, tras diez horas de debates, estimar las demandas del Gobierno y el Ministerio Fiscal y denegar la inscripción de Sortu como partido político, al perseguir fraudulentamente la continuación de las actividades de la ilegalizada Batasuna.
Tras el rechazo de la inscripción, con tres votos particulares, Sortu puede acudir en amparo ante el Tribunal Constitucional, pero difícilmente su recurso se verá antes de las elecciones del 22 de mayo. Se trata de un recurso de amparo ordinario, no electoral, por lo que no tiene una tramitación preferente y posiblemente no se resuelva hasta dentro de varios meses.
El Supremo ha acogido las tesis del Gobierno, representado por el abogado del Estado y el Ministerio Fiscal, en el sentido de que el nuevo partido, promovido por la izquierda abertzale, ha sido diseñado específicamente para concurrir a las elecciones municipales rodeado de "un ropaje formal y de apariencia de legalidad" para tratar de superar el trámite de su inscripción en el Registro de Partidos.