El proyecto de Ley de Comunicación del Poder Popular establece que las cableoperadoras deberán incluir “de manera gratuita en su oferta de programación a los medios de comunicación del poder popular. En noviembre de 2011, la Asamblea Nacional aprobó en primera discusión el proyecto de Ley de Comunicación del Poder Popular. El artículo 26 del texto original señala que “los prestadores de servicios de difusión por suscripción deberán transmitir en su programación a los medios de comunicación del poder popular (…) de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (Resorteme)”.