La decisión fue una ponencia conjunta publicada en el portal del TSJ, en la que se explica que aunque los recursos fueron intentados ante la Sala Electoral, cualquier demanda que curse contra los procesos comiciales del 14 de abril, "sea la impugnación de los actos, actuaciones y omisiones del Consejo Nacional Electoral como máximo órgano del Poder Electoral, así como sus organismos subordinados", será atendida por la Sala Constitucional.