La presidencia de la República publicó en la Gaceta Oficial Nº 40.280 el decreto mediante el cual modifican la denominación del Ministerio para el Poder Popular de las Comunas y Protección Social por la de "Ministerio para el poder Popular de las Comunas y Movimientos Sociales". El ministerio se encargará de de la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de participación ciudadana en el ámbito de las comunas y los movimientos sociales. A su vez, la institución deberá realizar el análisis de la gestión de la economía comunal y de los movimientos sociales en el país en el que tendrá que incluir las recomendaciones a los órganos y entes competentes.