La Procuraduría General le reiteró el llamado al presidente de la República, JuanManuel Santos para que se abstenga de realizar actividades proselitistas en la Casa de Nariño. En este caso, el Ministerio Público le recordó al primer mandatario que existe una restricción constitucional para utilizar este tipo de bienes públicos para adelantar este tipo de actividades. Citando la sentencia C-1153 de la Corte Constitucional, el órgano de control disciplinario señaló que la ley 996 de 2005 (Ley de Garantías) es clara al referirse a losdenominados actos proselitistas en el marco de una campaña presidencial.