jueves, 2 de noviembre de 2023

Isapre debe equiparar cobertura de ENFERMEDADES DE SALUD MENTAL a la salud física según Corte de Valdivia


La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la isapre Nueva MásVida SA, por continuar brindado una cobertura reducida a una afiliada recurrente por prestaciones de salud mental, por lo que le ordenó adecuar el contrato de salud a la Ley N° 21.331 promulgada en 2021, que garantiza el mismo trato que tienen las prestaciones físicas. En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por el ministro Samuel Muñoz Weisz, la fiscal judicial Gloria Hidalgo Álvarez y el abogado (i) Juan Carlos Vidal Etcheverry– acogió la acción cautelar, tras desestimar la extemporaneidad alegada por prestadora de salud. Así, el tribunal acogió el recurso deducido por la afiliada en contra de la Isapre Nueva MasVida, por lo que la entidad debe adecuar el contrato de salud a las disposiciones de la ley 21.331 y Circular IF/N° 396 de la Superintendencia de Salud. De dicho cumplimiento se deberá informar a la Corte de Apelaciones “dentro del plazo de 30 días corridos”, indica el fallo judicial.

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