Por considerarlo de sumo interés, reproducimos totalmente el excelente trabajo periodistico:
"En la modificación al texto constitucional el primer mandatario contempla cambiar las relaciones de producción para ir a una economía socialista.
En ese contexto, la propiedad privada se preserva, pero no se incentiva. Y si bien se mantiene, se suprimen sus atributos como el uso, goce y disposición.
Los miembros de la comisión presidencial que elaboraron la reforma señalan que al mantenerse el derecho a la propiedad privada no se tienen que incluir los conceptos vinculados a la propiedad y apuntan que todo lo que no está prohibido está permitido.
Pero asesores jurídicos consultados indican que al no aparecer los atributos, las leyes que surjan luego de aprobada la reforma impondrán las condiciones al manejo de la propiedad, y agregan que con las mayores competencias del mandatario se allana el camino para establecer las restricciones.
En la propuesta se cambian los derechos económicos, los cuales comienzan a partir del artículo 112. La disposición vigente señala que "todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia sin más limitaciones que las previstas en la Constitución (¿) el Estado promoverá la iniciativa privada garantizando la creación y justa distribución de la riqueza así como la producción de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la población, la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria".
En la propuesta se da un giro, las libertades no se mencionan, y se indica que "el Estado promoverá un modelo económico productivo intermedio y diversificado (¿) el Estado fomentará y desarrollará distintas formas de empresas y unidades económicas de propiedad social".
Ante esa nueva redacción, expertos jurídicos expresan que se da mayor preponderancia a los intereses comunes que a los individuales, de manera que cualquier iniciativa particular puede quedar restringida. Explican que si bien no se prohíbe la libertad de empresa, el Ejecutivo tiene amplias facultades para imponer los parámetros que tendrán las empresas para operar o decidir cuál actividad pueden desarrollar las personas en función del nuevo modelo social.
Lo previsto en el artículo 112 se complementa con el artículo 115.
En la Carta Magna vigente el 115 expresa que se garantiza el derecho a la propiedad y toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. En el proyecto esos atributos no aparecen y en la nueva disposición se presenta la estructura del modelo productivo que abarca: la propiedad pública, que pertenece a los entes del Estado; la propiedad social, la cual pertenece al pueblo en su conjunto; la propiedad colectiva que pertenece a los grupos sociales, la propiedad mixta conformada por cuatro sectores: público, social, colectivo y privado, y la propiedad privada que pertenece a personas naturales o jurídicas sobre bienes de uso, consumo y medios de producción legítimamente adquiridos.
En el caso de la propiedad privada, el Estado la reconoce siempre y cuando esté en uso y produciendo. Analistas señalan que si la propiedad privada no cumple con esos requerimientos, el Estado puede ejercer acciones sobre esa propiedad.
Explican que al no incluirse los atributos como de uso, goce, disfrute y disposición se crea incertidumbre sobre si una persona, por ejemplo, puede o no vender una vivienda o un terreno, o si puede alquilar un inmueble.
Las dudas se generan porque el uso consiste en el derecho a poseer y usar una propiedad, es decir, vivir en un inmueble, tener una casa en alguna zona turística o conducir un vehículo. El goce y disfrute de la propiedad es el derecho a percibir frutos y rentas que la propiedad puede generar como el arrendamiento de la misma.
La disposición es la potestad que puede tener alguien de vender, hipotecar, dar en pago o donar una propiedad.
Ante esa omisión, las futuras leyes pueden fijar los límites, dado que en el artículo 115 se mantiene un aparte del texto vigente que indica que "toda propiedad estará sometida a contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley".
Si no lo hacemos, entonces, olvidémosnos para siempre del uso y disfrute de nuestras casas, negocios, empresas y vehículos. Rechacemos con fuerza y vigor la nueva constitución del teniente coronel. Los chavistas que no se hagan ilusiones. También les confiscarán sus propiedades. Chávez no tiene sentimientos. El que no está con él, está contra él. Y aún estando con él, corre el peligro de ser execrado.
Fijense lo que le pasó a Francisco Ameliah, a Ismael García, a Didalco Bolívar. Pongan las barbas en remojo. Después no vengan a llorar como las plañideras, cuando ya no hay tiempo y estamos hasta el cuello de comunismo. El que tenga oído que oiga.
Ilustración por cortesía de TalCual digital, Venezuela
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